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REQUISITOS PARA EL ALQUILER
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Tener más de 25 años de edad.
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Contar con licencia de conducir vigente (emitida por el MTC), enviar una copia escaneada vía e-mail.
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Contar con documento de identidad vigente, enviar una copia escaneada vía e-mail.
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Realizar el depósito para un (01) día de alquiler, como mínimo, para confirmar la reserva. (Sólo para fechas especiales Semana Santa, Fiestas Patrias, Navidad y Año Nuevo).
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Contar con tarjeta de crédito (Visa, MasterCard o American Express) para la garantía S/. 2000.00.
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Realizar un depósito por concepto de ADELANTO/SEPARACIÓN del vehículo de:
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S/.100 ($.30 dólares americanos) para entregas en Piura/Sullana.
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S/.150 ($.50 dólares americanos) para entregas en Talara/Mancora.
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S/.250 ($.80 dólares americanos) para entregas en Tumbes/Chiclayo.
SOBRE EL ALQUILER
1. EL ARRENDADOR entrega al ARRENDATARIO el vehículo en buen estado de conservación y funcionamiento el cual cuenta con los accesorios y equipos detallados en este contrato debiendo devolverlo en el mismo estado de conservación que lo recibió.
2. La duración del presente contrato es obligatorio para el ARRENDATARIO, debiendo devolver el vehículo al vencimiento del plazo contratado o de la prorroga convenida. En caso de no entregar el vehículo en el plazo estipulado el ARRENDATARIO se compromete a pagar 20% del valor de alquiler por cada hora excedida.
3. Queda expresamente estipulado que en ningún caso y bajo ninguna circunstancia podrá considerarse el ARRENDATARIO como representante, agente o mandatario de EL ARRENDADOR.
4. La garantía será mediante carta de compromiso o voucher con la tarjeta de crédito del cliente que se aplicará prioritariamente así, a) Herramientas, respuestas dados no incluidos en el seguro, b) Franquicia del seguro, c) Alquileres de acuerdo a las tarifas de EL ARRENDADOR.
5. EL ARRENDATARIO faculta a EL ARRENDADOR disponer parcial o totalmente de la garantía a din de cubrir cualquiera de las obligaciones que él ha contraído, sin necesidad de previo aviso ni de cumplir otra formalidad o requerimiento.
6. EL ARRENDATARIO se compromete a usar el vehículo de acuerdo a las especificaciones de fábrica, sin fines de lucro, manejarlo personalmente por las personas autorizadas al dorso estando prohibido de subarrendarlo, dedicarlo al transporte público de pasajeros a cargo de mercaderías, bultos pesados y/o peligrosos, a remolque general, a competencias deportivas quedando señaladas en este contrato no pudiendo sacarla al extranjero. Así mismo el usuario se obliga a conducirlo portando su licencia y respetar las reglas de transito que rigen en el país.
7. EL ARRENDATARIO se reserva el derecho de alquilar sus vehículos a personas menores de 25 años, si este fuera el caso el deducible de Seguro será el doble del valor normal.
8. EL ARRENDATARIO reconoce y acepta: 1). Las tarifas establecidas por EL ARRENDADOR y su pago al contado 2) La franquicia del seguro 3) El pago a contrato de herramientas y accesorios perdidos o dañados no incluidos en el seguro.
9. Tanto EL ARRENDADOR como EL ARRENDATARIO dejan constancia que los únicos riesgos que se encuentran cubiertos por el seguro son los referentes a: Daños propios y accidentes personales, dejando constancia que son en cuenta del ARRENDATARIO los primeros S/2,000.00 soles de los daños ocasionados por concepto de franquicia cubriendo esta cantidad hasta S/ 10,000.00 soles en daños. Los daños mayores a S/10,000.00 soles piden como deducible el 20% del siniestro, cubriendo el seguro el 80%. Así mismo se deja establecido que EL ARRENDATARIO será totalmente responsable de todos los daños del vehículo y/o terceros, si usa el vehículo en contravención a cualquier discoposición legal o disposiciones del contrato.
10. En caso de accidente arresto, robo parcial o total EL ARRENDATARIO se compromete a dar aviso de inmediato a las autoridades de la Policía Nacional y a EL ARRENDADOR detallando los hechos y daños ocurridos en el vehículo y/o a terceros, comprometiéndose asimismo efectuar, la correspondiente denuncia policial, dosaje etílico y peritaje técnico.
11. Si por causa de accidentes o robo parcial el vehículo debe ser reparado o si por violaciones, de transito es detenido por las autoridades, el usuario pagará a EL ARRENDADOR además de la reparación, el importe de alquiler convenido por todo el tiempo que dure la reparación o los tramites legales para la liberación del vehículo, así como todos los gastos en que se Incurra para obtener la recuperación del vehículo dado en arrendamiento.
12. EL ARRENDADOR no se hace responsable por objetos o valores de cualquier especie dejados en el vehículo, no se responsabiliza por cualquier robo parcial que pudiera sufrir el ARRENDATARIO dejando expresa constancia que las pérdidas de accesorios repuestos o parte del vehículo no están cubiertas por el seguro y deberán ser restituidas o pagadas por EL ARRENDATARIO.
13. EL ARRENDATARIO se obliga a cubrir los montos por daños o emergente y lucro cesante derivados por incumplimiento del contrato.
14. En caso de que el vehículo materia de este contrato fuese robado, EL ARRENDADOR se obliga a pagar a EL ARRENDATARIO el alquiler de la unidad a partir del día de efectuada la denuncia ante las autoridades competentes. En caso del robo total del vehículo EL ARRENDATARIO cubre el 20% como franquicia del costo comercial.
15. El usuario se obliga expresamente a cubrir cualquier responsabilidad que se le genere por razón del uso del vehículo arrendado o por incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente contrato, así como por las causas del mal manejo, desperfectos mecánicos por irresponsabilidad del usuario por cruce de ríos, malos caminos, destrucción del motor, daños del tren delantero, transmisión de amortiguadores, quebraduras, roturas de llantas y además daños al chasis y el vehículo en general.
16. El kilometraje será determinado por un cuenta kilometro instalado de fábrica, debidamente sellado. Si por algún motivo se malogra o desconectara bajo responsabilidad del ARRENDATARIO, para efectos del cálculo de su facturación se conputata un recorrido de 500 km por día.
17. EL ARRENDADOR se reserva el derecho de rescindir el presente contrato, sin expresión de causa, quien podrá recoger el vehículo o exigir su devolución en el momento y modo que mas le convenga sin recurso del ARRENDATARIO no estando obligado a cursar ninguna de pre avisos al ARRENDATARIO.
18. EL ARRENDADOR no reintegrará ningún importe que pudiera ser abañado por el ARRENDATARIO por conceptos de reparaciones, mano de obra, etc., Cuando no haya existido autorización previa emanada de EL ARRENDADOR.
19. En caso que el ARRENDATARIO, no devuelva el vehículo al vencimiento del plazo o producida la rescisión contemplada en la cláusula 15 este incurrirá en el delito de apropiación ilícita, EL ARRENDADOR esta facultado para iniciar la acción pertinente ante el fuero penal y la Policía Nacional.
20. En caso de incumplimiento en el pago, EL ARRENDATARIO, pacta con el ARRENDADOR, el reconocimiento de interés igual al que cobra la BANCA COMERCIAL LOCAL, hasta la cancelación total de la deuda contraída son de cargo del ARRENDATARIO, todos los gastos extrajudiciales y judiciales que irrogue dicha cobranza, así como de recuperación del vehículo.
21. EL ARRENDATARIO, será responsable de todos los daños causados al vehículo y o terceros si manejó bajo efectos de drogas o bebidas embriagantes.
22. Las partes renuncian al fuero de su domicilio y se cometen en forma expresa a la jurisdicción de los jueces y tribunales de la ciudad de Piura. EL ARRENDATARIO, se obliga a comunicar EL ARRENDADOR cualquier cambio de domicilio.
23. Está completamente prohibido transportar drogas dentro del vehículo por ser delito grave, en caso que la Policía Nacional lo detectará será de total responsabilidad del ARRENDATARIO.
NO CUBRE
Estado de Ebriedad
Rotura de Lunas
Robo Parcial o Accesorios
LUCRO CESANTE
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